Ayudas para instalar el cargador del coche eléctrico en 2026: qué queda y cuánto te devuelven
En 2026 ya no hay subvención estatal para el cargador de casa: MOVES III no admite solicitudes y el Plan Auto+ solo paga el coche. La ayuda que queda es la deducción del 15 % en el IRPF (hasta 600 €) para instalaciones terminadas antes del 31 de diciembre de 2026. Si vives en la Región de Murcia hay además una deducción autonómica de hasta 4.000 €, y algunos ayuntamientos rebajan el ICIO.
Lo importante
- Deducción estatal en el IRPF: 15 % de lo pagado por instalar el punto de recarga, con una base máxima de 4.000 € (como mucho, 600 €). Vale para instalaciones terminadas hasta el 31 de diciembre de 2026 y se aplica en la Renta de 2026, que se presenta en 2027.
- La prórroga la hizo el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, que el Congreso convalidó el 26 de marzo de 2026 (BOE del 28 de marzo). Está en vigor.
- Requisitos clave: inmueble de tu propiedad (vivienda o plaza en un garaje en propiedad horizontal), pagar con tarjeta, transferencia o cheque nominativo (nunca en efectivo) y no destinarlo a una actividad económica.
- El Plan Auto+ (ventanilla abierta desde el 4 de agosto de 2026) subvenciona la compra del coche, no el cargador. MOVES III ya no admite solicitudes.
- Región de Murcia: deducción autonómica del 100 % de lo pagado, con un máximo de 4.000 € por cargador, aplicable desde el ejercicio 2025.
- Ejemplo con un cargador e instalación de 2.010,95 € (tarifa de Repsol consultada el 21 de octubre de 2026): Hacienda te devuelve 301,64 € y el coste real se queda en 1.709,31 €.
En 2026 la única ayuda general para instalar el cargador del coche eléctrico en casa es la deducción del 15 % en el IRPF, con un máximo de 600 euros, para instalaciones terminadas hasta el 31 de diciembre de 2026. No hay subvención estatal: el MOVES III ya no admite solicitudes y el Plan Auto+ solo paga la compra del coche. Si vives en la Región de Murcia, puedes sumar una deducción autonómica de hasta 4.000 euros, y algunos ayuntamientos rebajan el impuesto de obras (ICIO).
Abajo tienes cada ayuda con su norma, los requisitos que hacen perder la deducción, cómo se mete en la Renta y la cuenta con un precio real de instalación.
Qué ayudas hay y cuáles no (octubre de 2026)
| Ayuda | ¿Cubre el cargador de un particular? | Cuánto | Hasta cuándo |
|---|---|---|---|
| Deducción estatal en el IRPF | Sí | 15 % de lo pagado, base máxima 4.000 € (hasta 600 €) | Instalaciones terminadas hasta el 31-12-2026 |
| Deducción autonómica de la Región de Murcia | Sí, solo residentes en Murcia | 100 % de lo pagado, máximo 4.000 € por cargador | Desde el ejercicio 2025, sin fecha de fin en la ley |
| Bonificación del ICIO | En algunos municipios | Por ejemplo, 90 % del impuesto en Colmenarejo y Majadahonda | Según la ordenanza de cada ayuntamiento |
| Plan Auto+ | No. Solo la compra del vehículo | Hasta 4.500 € por turismo | Solicitudes hasta el 31-12-2026 |
| MOVES III | Ya no admite solicitudes | — | Cerrado |
Datos comprobados el 20 y el 21 de octubre de 2026 en la Agencia Tributaria, el BOE, el Ministerio de Industria y Turismo y los boletines autonómicos citados al final.
La deducción del 15 % en el IRPF, a fondo
Qué es y cuánto da
Es una deducción en la cuota estatal del IRPF creada en 2023 y prorrogada varias veces. Puedes restarte el 15 % de las cantidades pagadas para instalar un sistema de recarga para coche eléctrico. La base máxima es de 4.000 euros, tanto en declaración individual como conjunta, así que la deducción no pasa de 600 euros.
La base incluye lo necesario para la instalación: el equipo y los materiales, la mano de obra y las obras que hagan falta.
Sigue vigente en 2026: la prórroga está convalidada
El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (BOE del 21 de marzo), alargó la deducción, con efectos desde el 1 de enero de 2026, a las instalaciones terminadas hasta el 31 de diciembre de 2026. Un real decreto-ley tiene que pasar por el Congreso en 30 días: este se convalidó el 26 de marzo de 2026 y la resolución salió en el BOE del 28 de marzo. Así que la prórroga está en vigor.
Requisitos que no se pueden saltar
- Inmueble de tu propiedad. Vale una vivienda unifamiliar o tu plaza en un aparcamiento colectivo en régimen de propiedad horizontal del que seas copropietario. Si vives de alquiler, no te la puedes aplicar.
- Nada de efectivo. Solo dan derecho a deducción los pagos con tarjeta de crédito o débito, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta, hechos a la empresa o persona que instala. Lo pagado en metálico no cuenta, aunque tengas factura.
- Instalación legal. Tiene que contar con los permisos y autorizaciones que exige la norma de recarga (la ITC-BT-52), lo que en la práctica significa el certificado del instalador autorizado, el «boletín». Lo explicamos en cómo instalar un cargador en casa y cuánto cuesta.
- Sin actividad económica. Si el punto de recarga queda afecto a tu negocio, no hay deducción. Y si lo afectas más tarde, la pierdes.
- Se restan las subvenciones. De lo que pagas se descuenta lo que te haya dado cualquier programa de ayudas públicas, como el MOVES III. Si la ayuda llega después de deducir, tienes que devolver la parte deducida de más en la declaración del año en que te la conceden.
En qué Renta se aplica
En la del año en que termina la instalación, que no puede ser posterior a 2026. Se cuentan los pagos hechos desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de ese año. Si pagaste una señal en 2025 y el instalador terminó en 2026, aplicas todo en la Renta de 2026, que se presenta en la primavera de 2027.
Lo importante es la fecha de fin de la obra: si el cargador se termina de instalar el 2 de enero de 2027, con la ley actual ya no hay deducción.
Cómo se rellena en la declaración
La deducción va en el Anexo A del modelo 100, en el apartado de vehículos eléctricos «enchufables» y puntos de recarga. Renta Web te pide:
- La clave del inmueble y su referencia catastral.
- El NIF del instalador: sale en la factura.
- La fecha en que terminó la instalación.
- Las cantidades pagadas y las cantidades subvencionadas, si las hubo.
El programa calcula el 15 % y aplica el tope. Guarda la factura, el justificante bancario del pago y el certificado de la instalación durante al menos cuatro años, que es lo que tiene Hacienda para revisarlo.
Ejemplo de cálculo con un precio real
Tomamos la tarifa de Repsol para cargador con balanceador e instalación en vivienda unifamiliar: desde 2.010,95 € IVA incluido (comprobada el 21 de octubre de 2026; página actualizada el 28 de julio de 2026).
| Caso | Pagado | Subvención | Base | Deducción (15 %) | Coste final |
|---|---|---|---|---|---|
| Unifamiliar, pago con tarjeta | 2.010,95 € | 0 € | 2.010,95 € | 301,64 € | 1.709,31 € |
| Garaje comunitario (Repsol, desde 2.065,95 €) | 2.065,95 € | 0 € | 2.065,95 € | 309,89 € | 1.756,06 € |
| Instalación cara: 4.800 € (supuesto) | 4.800 € | 0 € | 4.000 € (tope) | 600 € | 4.200 € |
| Instalación de 2.000 € con 1.400 € de MOVES III cobrados (supuesto) | 2.000 € | 1.400 € | 600 € | 90 € | 510 € |
| Pago en efectivo | 2.010,95 € | 0 € | 0 € | 0 € | 2.010,95 € |
Un detalle que cambia la cuenta: las promociones comerciales bajan la base. Repsol anuncia descuentos sobre esa tarifa. Lo que cuenta para Hacienda es lo que pagas de verdad, no el precio de catálogo.
Región de Murcia: hasta 4.000 euros más
La Ley 3/2025, de 23 de julio, de Presupuestos de la Región de Murcia, creó una deducción autonómica por instalar infraestructuras de recarga, aplicable a partir del ejercicio 2025. Según el manual de la Agencia Tributaria:
- Deduces el 100 % de lo pagado, incluidos gastos y tributos, menos las subvenciones públicas que hayas recibido, con un límite de 4.000 euros por cargador y contribuyente.
- Una sola infraestructura por contribuyente y año, para un coche de uso particular.
- En una finca de tu propiedad o en tu garaje comunitario. El usufructuario no tiene derecho.
- Justificada con factura, y hay que mantener la titularidad y el funcionamiento del cargador al menos dos años.
- Se aplica en el año en que se emite la factura. Si tu cuota autonómica no da para toda, el resto puede aplicarse en los tres años siguientes.
- Si pagáis entre varios, se reparte: a partes iguales en gananciales y según lo que haya pagado cada uno en los demás casos.
Con el ejemplo de 2.010,95 €, un residente en Murcia podría deducirse esa cantidad en la parte autonómica, con el límite de su cuota. Las páginas de la Agencia Tributaria no aclaran si se puede aplicar a la vez que la estatal del 15 % por el mismo gasto: compruébalo en el asistente de Renta o con Hacienda antes de aplicar las dos.
No hemos encontrado otra comunidad con una ayuda o deducción vigente para el cargador de un particular en las fuentes oficiales consultadas. Castilla y León, por ejemplo, tiene una deducción por movilidad sostenible para la compra del vehículo, pero no para el punto de recarga. Y en la Comunitat Valenciana, que algunas webs citan con una deducción del 10 % por el cargador, la guía de deducciones autonómicas de la Agencia Tributaria (Renta 2025) solo recoge una deducción por la compra de ciertos vehículos nuevos (Orden 5/2020), no por la instalación del punto de recarga. País Vasco y Navarra tienen IRPF foral propio: consulta su Hacienda.
El ayuntamiento: bonificación del ICIO
Al instalar el cargador pagas el ICIO, el impuesto municipal sobre construcciones, instalaciones y obras, calculado sobre el coste de la obra. Algunos ayuntamientos lo rebajan para los puntos de recarga. Dos ejemplos con ordenanza publicada:
| Municipio | Bonificación | Condición | Norma |
|---|---|---|---|
| Colmenarejo (Madrid) | 90 % del ICIO | Que la instalación tenga la homologación de la Administración competente | Ordenanza fiscal n.º 4, modificada en el BOCM del 23-12-2025 |
| Majadahonda (Madrid) | 90 % del ICIO | La misma | Ordenanza fiscal n.º 5, art. 4. Se aplica en la liquidación definitiva, no en la autoliquidación inicial |
No es lo habitual. Un estudio de la Fundación Renovables de 2025 sobre los 780 municipios de más de 10.000 habitantes contó 81 que bonifican el ICIO y 52 que bonifican el IBI por puntos de recarga. Antes de pedir la licencia o presentar la comunicación de obra, busca en la ordenanza del ICIO de tu ayuntamiento la palabra «recarga» y pide la bonificación en la forma y el plazo que fije.
Qué ha pasado con el MOVES III y qué hace el Plan Auto+
MOVES III subvencionaba los puntos de recarga de particulares y comunidades de propietarios, pero su última edición fue la de 2025 (Real Decreto-ley 3/2025) y ya no admite solicitudes. Las comunidades siguen resolviendo y pagando expedientes de 2025: Asturias publicó concesiones de puntos de recarga para particulares en julio de 2026, y en Aragón los trámites figuran fuera de plazo desde finales de julio de 2026. Si te concedieron una de esas ayudas, réstala de la base de la deducción.
El Plan Auto+ es otra cosa. La ventanilla para particulares abrió el 4 de agosto de 2026 y admite solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta agotar los 350 millones. Ayuda a comprar turismos eléctricos (hasta 4.500 €), furgonetas (hasta 5.000 €), motos (hasta 1.100 €) y cuadriciclos (hasta 1.500 €), con efecto desde el 1 de enero de 2026. A 21 de octubre la ventanilla sigue abierta; el Ministerio no ha publicado cuánto dinero queda y, según estimaciones del sector recogidas por carwow (8 de octubre de 2026), más de la mitad ya estaba comprometida a principios de septiembre. El cargador no entra.
Errores que te dejan sin ayuda
- Pagar al instalador en efectivo. Pierdes los 600 € de la estatal.
- Terminar la obra en enero de 2027. La fecha de fin es la que manda, no la del pago. Si la instalación se te va a fin de año, pide al instalador fecha cerrada antes de diciembre.
- Instalarlo en una casa o plaza alquilada. Ni la deducción estatal ni la murciana lo admiten.
- No pedir el certificado de instalación. Sin «boletín» la instalación no es legal y Hacienda puede rechazar la deducción.
- Olvidar restar una subvención del MOVES III cobrada después. Toca regularizarlo en la declaración del año en que te la conceden.
- No mirar la ordenanza del ICIO antes de pedir la licencia: la bonificación hay que solicitarla.
- Confundir ayudas. El Plan Auto+ es para el coche. Si alguien te «gestiona el Auto+ del cargador», desconfía.
Lo que se recupera después
La ayuda fiscal rebaja el coste de entrada, pero el ahorro de verdad está en la factura. Elegir bien la tarifa y cargar en el periodo valle es lo que hace que el cargador se pague solo. Lo tienes en qué tarifa de luz conviene para cargar en casa y en cuánto cuesta cargar un coche eléctrico cada 100 km.
Resumen
| Pregunta | Respuesta corta |
|---|---|
| ¿Hay subvención para el cargador en 2026? | No estatal. MOVES III cerrado; el Plan Auto+ no lo cubre |
| ¿Qué ayuda queda? | 15 % en el IRPF, máximo 600 € |
| ¿Hasta cuándo? | Instalación terminada hasta el 31-12-2026 |
| ¿Está en vigor la prórroga? | Sí: RDL 7/2026, convalidado el 26-3-2026 |
| ¿Quién puede? | Propietario de la vivienda o copropietario de la plaza; sin actividad económica |
| ¿Cómo pago? | Tarjeta, transferencia o cheque nominativo. Nunca efectivo |
| ¿Dónde se declara? | Anexo A del modelo 100, Renta 2026 (en 2027) |
| ¿Algo más? | Murcia: 100 % hasta 4.000 €. Algunos ayuntamientos: hasta 90 % del ICIO |
Si el Gobierno vuelve a prorrogar la deducción para 2027 o alguna comunidad abre una línea nueva, actualizaremos esta guía.
Preguntas frecuentes
¿Hay subvenciones para instalar un cargador de coche eléctrico en 2026?
No hay ninguna subvención estatal abierta para particulares. El MOVES III ya no admite solicitudes y el Plan Auto+ solo ayuda a comprar el vehículo. Lo que sigue vigente es la deducción del 15 % en el IRPF, con un máximo de 600 euros, para instalaciones terminadas hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿El Plan Auto+ paga el punto de recarga?
No. La convocatoria del Ministerio de Industria y Turismo para particulares subvenciona la compra de turismos (hasta 4.500 euros), furgonetas, motos y cuadriciclos eléctricos. El cargador de casa no entra.
¿Cuánto me devuelve Hacienda por instalar el cargador?
El 15 % de lo que hayas pagado, con una base máxima de 4.000 euros. Es decir, como mucho 600 euros. Con una instalación de 2.010,95 euros, la deducción es de 301,64 euros.
¿Puedo deducirme el cargador si vivo de alquiler?
No. La deducción estatal exige que el punto de recarga se instale en un inmueble de tu propiedad: una vivienda unifamiliar o tu plaza en un aparcamiento en régimen de propiedad horizontal del que seas copropietario.
¿En qué Renta se aplica la deducción del cargador?
En la del año en que se termina la instalación, que no puede ser posterior a 2026. Si lo instalas este año, lo aplicarás en la declaración de la Renta 2026, que se presenta en la primavera de 2027. Se rellena en el Anexo A del modelo 100, en el apartado de vehículos eléctricos y puntos de recarga.
¿Qué pasa si me dieron una ayuda del MOVES III para el cargador?
Tienes que restar lo subvencionado de lo que pagaste antes de calcular el 15 %. Si la ayuda llega después de haber aplicado la deducción, debes regularizarlo en la declaración del año en que te la conceden.