Seguro de coche a terceros, terceros ampliado o todo riesgo: qué cubre cada uno y cuál te conviene

El seguro a terceros solo paga los daños que causas a otros; tu coche y tus lesiones como conductor quedan fuera. El ampliado suma lunas, robo, incendio y asistencia, y el todo riesgo paga también los golpes a tu propio coche, con o sin franquicia. Regla práctica: todo riesgo (mejor con franquicia) si el coche es nuevo, caro o financiado; ampliado en la franja media; terceros básico si el coche vale poco y podrías pagar tú una reparación.

Por Redacción Esencia Motor · · 14 min de lectura
Dos coches tras un alcance trasero leve, con el paragolpes dañado
Foto: Nikita Nikitin / Pexels, licencia Pexels

Lo importante

  • Terceros: obligatorio por ley. Paga los daños que causas a otros (hasta 70 millones de euros en daños personales y 15 millones en daños materiales por siniestro), pero nunca tu coche ni tus lesiones como conductor culpable.
  • Terceros ampliado: añade coberturas para tu coche que no dependen de un choque (lunas, robo, incendio) y la asistencia en viaje. Los golpes propios siguen sin cubrirse.
  • Todo riesgo: paga también los daños de tu coche aunque tengas tú la culpa. Con franquicia pagas tú los primeros euros de cada parte a cambio de una prima más baja.
  • Circular sin seguro: multa de 601 a 3.005 euros, más el depósito o precinto del coche (un mes; tres si reincides).
  • Para cambiar de compañía al vencimiento, avisa por escrito con al menos un mes de antelación (artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro).

El seguro a terceros, el único obligatorio, paga los daños que causas a otros, pero no los de tu coche. El ampliado añade lunas, robo, incendio y asistencia; el todo riesgo cubre también los golpes a tu propio coche aunque la culpa sea tuya. Regla rápida: todo riesgo (mejor con franquicia) si el coche es nuevo, caro o financiado; terceros ampliado si tiene unos años pero aún vale dinero; terceros básico si vale poco y podrías asumir tú una reparación.

Aquí tienes qué cubre exactamente cada modalidad según la ley y las pólizas, qué pasa con las inundaciones y el Consorcio, la multa por no tener seguro, cómo cambiar de compañía sin quedarte atado un año más, qué hacer al vender el coche y qué mirar si es eléctrico. No damos precios: no hay ninguna tarifa oficial de primas por modelo, cada aseguradora fija la suya según el coche, el conductor y dónde duerme el vehículo, y cualquier «precio medio» que veas por internet vale poco para tu caso.

Las tres modalidades, de un vistazo

Cobertura Terceros básico Terceros ampliado Todo riesgo
Responsabilidad civil obligatoria (daños a otros) Sí Sí Sí
Responsabilidad civil voluntaria (por encima del obligatorio) Casi siempre Sí Sí
Defensa jurídica y reclamación de daños Casi siempre Sí Sí
Lunas No Sí Sí
Robo No Sí Sí
Incendio No Sí Sí
Asistencia en viaje (grúa) Según póliza Sí Sí
Daños propios por accidente con culpa tuya No No Sí (con o sin franquicia)
Daños propios por vandalismo, granizo, atropello de animal… No Según póliza Sí, salvo exclusiones
Lesiones del conductor (seguro de accidentes) Opcional Opcional o incluido Opcional o incluido
Riesgos extraordinarios (Consorcio) Sí, por ley Sí, por ley Sí, por ley

Lo que está fijado por ley es la primera fila y la última. Todo lo demás lo decide cada compañía: dos «terceros ampliados» pueden no parecerse. Antes de firmar, lee la lista de garantías y, sobre todo, las exclusiones.

El seguro obligatorio: qué cubre y qué no

La obligación está en el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004) y su reglamento (Real Decreto 1507/2008). Datos del texto consolidado del BOE, consultado el 20 de octubre de 2026:

  • Quién tiene que asegurarlo: todo propietario de un vehículo a motor con estacionamiento habitual en España, con un contrato por vehículo (artículo 2). Que el coche no se mueva del garaje no te libra: si no lo vas a usar, la vía legal es darlo de baja temporal en la DGT.
  • Dónde cubre: en todo el Espacio Económico Europeo y en los Estados adheridos al sistema de carta verde (artículo 4.1).
  • Hasta cuánto (artículo 4.2):
Tipo de daño Límite del seguro obligatorio
Daños a las personas 70 millones de euros por siniestro, cualquiera que sea el número de víctimas
Daños en los bienes 15 millones de euros por siniestro
  • Qué NO cubre nunca (artículo 5):
  • Las lesiones o la muerte del conductor que causa el accidente.
  • Los daños de tu propio coche, de lo que transportas y de ciertos bienes del tomador, del propietario, del conductor y de sus familiares.
  • Los daños causados con un coche robado (de esos se encarga el Consorcio).

Por eso el «terceros» que venden las compañías casi nunca es solo el obligatorio: añade una responsabilidad civil voluntaria que amplía esos límites, la defensa jurídica y la reclamación de daños (para que la compañía te reclame lo que te debe el culpable cuando no lo eres tú). Si la póliza no la lleva, échala en falta: sin reclamación de daños, cuando otro te golpea tienes que pelear tú con su aseguradora.

Hay que llevar el seguro encima

El reglamento dice que todo vehículo debe ir provisto de la documentación que acredite la vigencia del seguro obligatorio (artículo 14), pero los agentes lo comprueban primero en el FIVA, el fichero de vehículos asegurados. Solo si no pueden consultarlo te piden el justificante de pago de la prima en curso, que debe indicar la compañía, la matrícula, el periodo y la cobertura. Lleva el recibo en el móvil o en la guantera y te ahorras discusiones.

Circular sin seguro: la sanción

El artículo 3 de la misma ley prohíbe circular sin seguro y fija tres consecuencias:

Consecuencia Detalle
Multa De 601 a 3.005 euros, según la circulación del vehículo, su categoría, el perjuicio causado, la duración de la falta de seguro y la reiteración
Depósito o precinto del coche Un mes; tres meses si reincides; un año si quebrantas el depósito o precinto. Los gastos, a tu cargo
Quién sanciona El jefe provincial de Tráfico (o el órgano autonómico competente), con el procedimiento de la Ley de Tráfico

Y lo peor no es la multa: si causas un accidente sin seguro, el Consorcio indemniza a las víctimas y después te reclama a ti todo lo que haya pagado. Plazos para pagar o recurrir una sanción de Tráfico: los tienes en nuestra guía de multas de la DGT, pronto pago y recursos.

Terceros ampliado: qué añade

El ampliado mantiene todo lo anterior y suma garantías que protegen tu coche frente a riesgos que no son un choque:

  • Lunas: parabrisas, luneta y ventanillas. Mira si incluye el techo panorámico y la recalibración de las cámaras del parabrisas (los sistemas de ayuda a la conducción la necesitan tras cambiar la luna); en coches modernos es la diferencia entre una factura pequeña y una grande.
  • Robo: del coche entero y, según la póliza, de piezas o del intento de robo (cerradura forzada, cristal roto). Ojo a las condiciones: algunas exigen garaje o dispositivos de seguridad.
  • Incendio.
  • Asistencia en viaje: grúa, reparación en carretera, traslado. Comprueba el kilómetro cero (que la grúa venga aunque la avería sea en la puerta de casa) y los kilómetros de remolque.
  • Según la compañía: fenómenos atmosféricos (granizo), atropello de animales cinegéticos, daños por actos vandálicos, vehículo de sustitución.

Lo que el ampliado nunca cubre es el golpe que das tú: la columna del garaje, el bordillo o el alcance en un atasco con culpa tuya. Eso es lo que separa el ampliado del todo riesgo.

Todo riesgo, con o sin franquicia

El todo riesgo paga los daños de tu coche aunque tú hayas causado el accidente, además de todo lo del ampliado.

Sin franquicia, la compañía paga cada reparación entera. Con franquicia, tú pagas una cantidad fija de cada parte de daños propios (la que figure en tu póliza) y la aseguradora el resto, a cambio de una prima más baja. Tres cosas que conviene saber:

  1. La franquicia solo afecta a tus daños propios. Si el culpable eres tú, a la otra parte se le paga todo; si el culpable es el otro, su seguro paga tu reparación entera y no tocas la franquicia.
  2. Los partes pequeños no compensan. Si el arañazo cuesta poco más que la franquicia, muchos conductores no lo declaran para no perder bonificación al renovar. Cada compañía tiene sus reglas de bonificación: pregúntalas antes de contratar.
  3. Mira cómo indemniza la pérdida total. Es la cláusula que más dinero mueve: si paga valor de nuevo (y durante cuántos años), valor de mercado o valor venal. En un coche de pocos años, la diferencia entre una y otra puede ser de miles de euros.

Si el coche está financiado o en renting, el contrato suele obligarte a un todo riesgo (en el renting, normalmente va incluido en la cuota). Revisa lo que firmaste.

Inundaciones, granizo y terrorismo: el Consorcio

El Consorcio de Compensación de Seguros (entidad pública adscrita al Ministerio de Economía) paga los riesgos extraordinarios: inundaciones extraordinarias, terremotos, tsunamis, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica, caída de meteoritos, terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular (artículo 6 de su Estatuto Legal, Real Decreto Legislativo 7/2004). Todas las pólizas de coche llevan un pequeño recargo para financiarlo, también las de responsabilidad civil (artículo 7).

Qué significa para tu coche según la cláusula de riesgos extraordinarios que llevan las pólizas:

  • Con daños propios (todo riesgo): el Consorcio cubre el coche aunque tu póliza ordinaria solo cubra una parte del interés asegurado.
  • Solo con responsabilidad civil (terceros): también te indemniza los daños del coche, por su valor en el estado en que estaba antes del siniestro, según precios de mercado.
  • Sin franquicia para vehículos asegurados con póliza de automóviles.
  • Se reclama directamente al Consorcio, no a tu compañía: por su web o su centro de atención telefónica.

Importante: un granizo o una tormenta normales no son riesgos extraordinarios. Esos daños los paga tu compañía solo si tu póliza los incluye.

Más allá de eso, el Consorcio también actúa como fondo de garantía: paga a las víctimas cuando el culpable huye y no se le identifica, cuando el coche no tenía seguro o cuando era robado.

Cómo comprobar si un coche tiene seguro: el FIVA

El Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) lo crea el reglamento del seguro obligatorio (artículo 23) y lo gestiona el Consorcio con los datos que envían las aseguradoras: compañía, matrícula, marca y modelo, fechas de vigencia y tipo de contrato. Su información se presume cierta salvo prueba en contrario.

  • Si has tenido un accidente: como perjudicado, puedes pedir al Consorcio los datos del seguro del otro coche, por ti mismo o mediante un representante, aportando copia del parte de daños o la declaración amistosa (artículo 27).
  • Si vas a comprar un usado: el informe completo de la DGT dice si el coche figura asegurado y con qué compañía. Recuerda que el seguro del vendedor no te vale: contrata el tuyo antes de circular.
  • Tu propio coche: si dudas de que tu póliza esté en vigor (por ejemplo, tras un cambio de compañía o un recibo devuelto), pide a tu aseguradora el certificado de vigencia.

Recibo impagado: si no pagas la primera prima y tienes un accidente antes de pagarla, la compañía queda liberada salvo pacto. Si dejas de pagar una prima sucesiva, la cobertura queda suspendida un mes después del vencimiento, y el contrato se extingue si la compañía no reclama el pago en seis meses (artículo 15 de la Ley de Contrato de Seguro). Con la póliza suspendida, a efectos prácticos circulas sin seguro.

Cambiar de compañía: el plazo que importa

Las pólizas de coche suelen ser anuales y se renuevan solas. Según el artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro (texto consolidado del BOE, consultado el 20 de octubre de 2026):

Quién se opone a la renovación Preaviso mínimo Cómo
Tú (tomador) Un mes antes del vencimiento Por escrito
La aseguradora Dos meses antes del vencimiento Por escrito

Además, la compañía debe comunicarte cualquier modificación del contrato al menos dos meses antes de que acabe el periodo en curso.

Paso a paso para cambiar sin quedarte sin cobertura ni pagar dos seguros:

  1. Mira la fecha de vencimiento en tus condiciones particulares y apunta en el calendario «un mes y una semana antes».
  2. Pide presupuestos con los mismos datos (conductores, uso, garaje, coberturas y franquicia). Una oferta de una aseguradora te vincula 15 días (artículo 6), así que pide el documento por escrito.
  3. Envía la baja por escrito a tu compañía con al menos un mes de antelación, por un medio que deje constancia (correo certificado, burofax, correo electrónico o área de cliente si la póliza lo admite) y guarda el justificante.
  4. Contrata la nueva póliza con efecto desde el día del vencimiento de la antigua, para que no quede ni un día al descubierto.
  5. Declara la verdad en el cuestionario (artículo 10): ocultar un conductor joven o un siniestro anterior puede reducir o anular la indemnización.

¿Y si te pasas del plazo? La póliza se renueva y quedas ligado otra anualidad; salir antes de tiempo depende de lo que diga tu contrato o de que la compañía haya cambiado las condiciones sin avisarte con esos dos meses.

Al vender el coche

La ley (artículos 34 y 35 de la Ley de Contrato de Seguro) dice que el comprador se subroga en tu póliza desde la venta. En la práctica:

  1. Informa al comprador por escrito de que existe el seguro.
  2. Comunica la venta a tu aseguradora por escrito en 15 días. Mejor el mismo día.
  3. La compañía puede rescindir la póliza en los 15 días siguientes a conocer la venta (quedando obligada un mes desde que lo notifica) y debe devolver la parte de prima de los periodos que ya no cubre. El comprador también puede rescindirla en 15 días desde que conoce su existencia.
  4. Notifica la venta a la DGT para dejar de responder de multas: el procedimiento, con su tasa, está en nuestra guía del cambio de titularidad.

Muchas compañías permiten también trasladar la póliza al coche nuevo que compras. Pregúntalo antes de rescindir: puedes conservar la antigüedad y la bonificación.

Cuál te conviene según el coche

No hay una respuesta única, pero sí una lógica: asegura a todo riesgo lo que no podrías pagar tú. Si un golpe serio o la pérdida total te desequilibra las cuentas, el todo riesgo es para ti; si el coche vale poco, estás pagando prima para proteger un valor que la compañía apenas te devolvería.

Situación del coche Lo más razonable Por qué
Nuevo o con menos de 3-4 años Todo riesgo, con franquicia si no das partes pequeños Vale mucho y la cláusula de valor de nuevo puede salvarte en una pérdida total
Financiado o en renting Todo riesgo (suele ser obligatorio por contrato) La financiera exige proteger el coche hasta que acabes de pagar
Caro o deportivo, aunque tenga años Todo riesgo con franquicia Una reparación media ya cuesta lo que varios años de diferencia de prima
Entre 5 y 10 años, valor medio Terceros ampliado (o todo riesgo con franquicia alta) Lunas, robo e incendio son los riesgos caros que no controlas; los golpes propios, sí
Más de 10 años o poco valor Terceros, con asistencia y reclamación de daños La pérdida total te pagaría poco; lo importante es la responsabilidad civil y la grúa
Duerme en la calle en zona con robos Al menos terceros ampliado El robo y el vandalismo pesan más que la antigüedad
Conductor novel Valorar franquicia alta Más probabilidad de golpes pequeños propios; la franquicia baja la prima

Si tienes un deportivo, lee también lo que influye en su seguro, junto con los impuestos, en lo que cuesta de verdad un deportivo en España.

Si tu coche es eléctrico

La ley del seguro obligatorio es la misma para un eléctrico, pero hay coberturas voluntarias que conviene revisar con lupa:

  • La batería. Es la pieza más cara del coche. Comprueba que los daños a la batería por accidente estén cubiertos en daños propios, si hay sublímites o exclusiones, y cómo se valora si hay que sustituirla. Algunas marcas la alquilan aparte: en ese caso, mira quién la asegura.
  • El cargador de casa (wallbox) y el cable. El cable portátil viaja en el coche; el punto de recarga está fijo en tu garaje. Pregunta si el seguro del coche cubre robo o daños del cable y si el wallbox lo cubre el seguro del coche, el del hogar o ninguno.
  • Asistencia por falta de carga. Que la grúa te lleve al punto de recarga más cercano si te quedas sin batería, sin contarlo como avería.
  • Daños eléctricos y por la recarga (sobretensión, incendio durante la carga): mira si están dentro de la garantía de incendio.
  • Valor de nuevo: en eléctricos, que se deprecian deprisa en los primeros años, esta cláusula pesa todavía más.

Errores típicos

  1. Pensar que «terceros» cubre tus lesiones. Si eres el conductor culpable, el obligatorio no te paga nada. Para eso está el seguro de accidentes del conductor.
  2. No mirar la franquicia ni la valoración en pérdida total. Dos todo riesgo con la misma prima pueden indemnizar cantidades muy distintas.
  3. Avisar tarde de que no renuevas. Con menos de un mes de preaviso, la póliza se prorroga.
  4. Dejar un hueco entre pólizas. Un día sin seguro es circular sin seguro: multa de 601 a 3.005 euros y coche precintado.
  5. Ocultar datos en el cuestionario (un conductor habitual joven, dónde duerme el coche): puede reducir la indemnización.
  6. Olvidar avisar a la aseguradora al vender y perder la devolución de la prima.
  7. Reclamar a tu compañía una inundación extraordinaria. Eso se reclama al Consorcio.

Resumen

Pregunta Respuesta
¿Qué es obligatorio? La responsabilidad civil: daños a otros, hasta 70 millones (personas) y 15 millones (bienes) por siniestro
¿Qué añade el ampliado? Lunas, robo, incendio y asistencia, según póliza
¿Qué añade el todo riesgo? Los daños de tu coche aunque la culpa sea tuya
¿Franquicia? Parte fija que pagas tú en cada siniestro de daños propios, a cambio de menor prima
¿Inundación o terremoto? Lo paga el Consorcio, también con póliza solo a terceros
¿Multa sin seguro? De 601 a 3.005 €, más depósito o precinto del coche
¿Cómo comprobar el seguro de un coche? FIVA (Consorcio) si eres perjudicado en un accidente; informe completo de la DGT si vas a comprarlo
¿Plazo para no renovar? Un mes de preaviso por escrito (la aseguradora, dos)
¿Al vender? Avisar a la aseguradora en 15 días; el comprador se subroga o rescinde
¿Precio? Sin tarifa oficial: pide varios presupuestos con los mismos datos

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre un seguro a terceros y uno a todo riesgo?

El de terceros paga los daños que causas a otras personas y a sus bienes, pero no los de tu coche ni tus lesiones si eres el conductor culpable. El todo riesgo paga además los daños de tu propio coche aunque el accidente lo hayas causado tú, normalmente junto con lunas, robo, incendio y asistencia.

¿Cuándo merece la pena el todo riesgo?

Cuando no podrías pagar de tu bolsillo la reparación de un golpe serio o la pérdida total del coche: coches nuevos o de pocos años, caros, financiados o en renting (donde suele ser obligatorio por contrato). Si el coche vale poco, el todo riesgo te pagaría como mucho su valor de mercado, que puede no compensar la diferencia de prima.

¿Qué es un todo riesgo con franquicia?

Es un todo riesgo en el que, en cada siniestro de daños propios, tú pagas una cantidad fija (la franquicia) y la aseguradora el resto. A mayor franquicia, menor prima. Solo se aplica a los daños de tu coche: los daños que causas a otros se pagan siempre completos.

¿Cuál es la multa por circular sin seguro?

De 601 a 3.005 euros, según la circulación del coche, su categoría, el perjuicio causado, el tiempo sin seguro y la reincidencia. Además, el coche se deposita o precinta un mes, tres meses si reincides y un año si quebrantas el precinto (artículo 3 del texto refundido de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor).

¿Cómo sé si un coche tiene seguro?

Los agentes lo comprueban en el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA), que gestiona el Consorcio de Compensación de Seguros. Si has tenido un accidente, puedes pedir al Consorcio los datos del seguro del otro vehículo aportando el parte o la declaración amistosa. Si vas a comprar un usado, el informe completo de la DGT indica si el coche figura asegurado.

¿Qué pasa con el seguro cuando vendo el coche?

Por ley, el comprador se subroga en tu póliza desde la venta. Tienes que comunicar la venta por escrito a tu aseguradora en 15 días, y tanto ella como el comprador pueden rescindir el contrato en los 15 días siguientes a enterarse. En la práctica, avisa a tu compañía el mismo día y pregunta por la devolución de la prima no consumida.